Queremos partir con la aclaración que la Santa Iglesia Católica no tiene la potestad de anular un matrimonio, bien dijo el nuestro señor Jesucristo

"Lo Que Dios Ha Unido, el Hombre No Debe Separarlo

De manera que ya no son dos, sino uno solo. Pues bien, lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre”.

San Mateo 19, 3-6

La Iglesia Católica no "anula" un matrimonio en el sentido de que lo declare inexistente desde el principio. Sin embargo, lo que sí puede hacer es declarar nulo un matrimonio si, después de una investigación exhaustiva, se determina que nunca fue válido según las leyes de la Iglesia. Este proceso se conoce como nulidad matrimonial.

Razones por las que un matrimonio puede ser declarado nulo

El Código de Derecho Canónico describe varias razones que podrían llevar a la nulidad de un matrimonio. Algunas de las más comunes incluyen:

  1. Falta de consentimiento pleno y libre: El consentimiento mutuo de los esposos es esencial para un matrimonio válido. Si uno de los cónyuges fue obligado a casarse, o si no comprendió lo que significaba el matrimonio (por ejemplo, si no tenía intención de ser fiel o de tener hijos), el matrimonio puede ser considerado nulo.
  2. Impedimentos matrimoniales: Existen ciertas situaciones o condiciones que impiden que un matrimonio sea válido, tales como:
    1. Matrimonio previo no anulado (bigamia).
    2. Consanguinidad cercana (matrimonio entre familiares cercanos).
    3. Falta de la edad mínima requerida.
    4. Votos religiosos que prohíben el matrimonio (por ejemplo, los votos de celibato de los sacerdotes).


Deficiencias en la forma canónica


Para que el matrimonio sea válido, debe celebrarse según las normas de la Iglesia, lo que generalmente implica ser oficiado por un sacerdote o diácono y tener dos testigos presentes. Si no se cumplen estos requisitos, el matrimonio puede ser declarado nulo.

Incapacidad psicológica: Si uno de los cónyuges tenía algún tipo de incapacidad psicológica o inmadurez grave que les impedía asumir las obligaciones esenciales del matrimonio (como la fidelidad o la convivencia), esto también puede ser causa de nulidad.

El proceso de nulidad

El proceso de nulidad matrimonial comienza cuando uno de los cónyuges (o ambos) solicita una investigación ante un tribunal eclesiástico (tribunal diocesano). 

Los pasos generales son:


Presentación de la solicitud: Uno de los cónyuges presenta una petición para que se examine la validez del matrimonio. A los cónyuges se les llama actor (persona que pide la nulidad matrimonial) y demandado (persona de la que el actor quiere separarse). 

La solicitud debe realizarse a través del Tribunal Eclesiástico de Guatemala. Solicite una cita al whatsapp 3755 5817.

Aquí le agenderán una entrevista en determinada fecha y horario para que uno de los sacerdotes abogados pueda conocer su caso. Al tener la entrevista pactada se dirige al Tribunal Eclesiástico ubicado en 6ta. Calle 7-70 Zona 1. Puede también contactar al Tribunal en el correo teclesiasticoguate@yahoo.com

Si el sacerdote abogado le orienta que su caso procede, viene la siguiente parte.

El proceso esta dividido en 5 fases o etapas en el tribunal eclesiástico:

  1. La petición de nulidad matrimonial (libelus o litis).
  2. Recolección de pruebas que sustenten el caso.
  3. Si el caso procede, se da la deliberación del jurado.
  4. Resolución del caso si se da o no la nulidad matrimonial.
  5. Levantamiento de la suspensión o restricción para casarse de nuevo. 


Recopilación de testimonios y pruebas: El tribunal investiga las circunstancias que rodearon el matrimonio. Se pueden entrevistar a los cónyuges, testigos y expertos.

Las personas pasan por una serie de entrevistas por parte del abogado contratado para hacer la demanda, (generalmente asignado por el tribunal). También se cuenta con el fiscal defensor del vínculo matrimonial, quien esta encargado de velar porque este vínculo no sea roto por las razones equivocadas.

Como recomendación, es importante llevar los dos procesos, tanto el psicológico como el legal. 

El tribunal le asigna un psicólogo especializado y reconocido por el Clero.

Dependiendo el caso, el profesional en psicología le asignará el número de sesiones, que pueden ir de 10 a 15 ó 20. Las cuales se recomienda tomarlas de forma semanal. 

En cuanto a su abogado defensor, solo existe un profesional asignado por el Clero.


Juicio y decisión: Tras examinar toda la información, el tribunal decidirá si existen motivos para declarar el matrimonio nulo.

Posible apelación: Si alguna de las partes no está de acuerdo con la decisión, puede apelar a un tribunal superior.

Declaración de nulidad vs. divorcio.

Es importante entender que una declaración de nulidad no es lo mismo que un divorcio. Mientras que el divorcio disuelve un matrimonio que la sociedad reconoce como válido, la nulidad establece que, a nivel sacramental, nunca hubo un matrimonio verdadero desde el principio. Por eso, después de una declaración de nulidad, las personas son libres para casarse por la Iglesia, como si no hubieran estado casadas antes.

Mensaje pastoral
La Iglesia reconoce que las situaciones matrimoniales son a menudo complejas y dolorosas. Por eso, los tribunales eclesiásticos tratan estos casos con sensibilidad y compasión, buscando siempre la verdad, pero también acompañando a las personas con misericordia y comprensión. El Papa Francisco ha impulsado reformas para hacer que el proceso de nulidad sea más accesible y menos costoso, buscando que las personas encuentren consuelo y orientación espiritual en la Iglesia.

En resumen, la Iglesia Católica puede declarar un matrimonio nulo si, tras una cuidadosa investigación, se demuestra que hubo un defecto esencial en el consentimiento o en las condiciones necesarias para que el matrimonio sea válido. Esto permite a las personas, si así lo desean, contraer un matrimonio válido y sacramental en el futuro.

Si desea ser asesorado puede escribirnos a 
apostoladohechos@gmail.com